Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0352/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2013-03-01

Carátula: COOPERATIVA DE PROVISION DE BIENES Y SERVICIOS, DE EXPORTACION Y DE CREDITO "COMARCA" LIMITADA C/ LOBOS HECTOR OSCAR S/ EJECUTIVO

Descripción: APRUEBA liquidación HASTA 48% -

EXPTE. Nº : 0352/2012.-

CARATULA: COOPERATIVA DE PROVISION DE BIENES Y SERVICIOS, DE EXPORTACION Y DE CREDITO "COMARCA" LIMITADA C/ LOBOS HECTOR OSCAR S/ EJECUTIVO.-

Viedma, de marzo de 2013.-

Atento lo peticionado y advirtiendo que si bien en la liquidación practicada no se ha aplicado el interés pactado en el documento sino el 3 %, interés que no supera en el caso el límite permitido del 4% mensual (48% anual), conforme lo dispuesto en los arts. 21, 656, 1071 y conc. del C.C. y jurisprudencia de la Cámara de Apelaciones, por lo cual, corresponde aprobar dicha liquidación.-

En su mérito y no habiendo sido observada la liquidación practicada, apruébasela en cuanto ha lugar por derecho, la que calculada al 15-02-13 asciende a la suma de $ 714,16 conforme detalle efectuado por la parte a fs. 24/25.-

Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado Héctor Oscar Lobos (DNI nº 22.014.307), como empleado de la Policía de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 314 en concepto de saldo de liquidación aprobada, con más la suma de $ 832 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-

A lo demás oportunamente.-

E Z

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro