Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0138/98/5

N° Receptoría:

Fecha: 2013-03-01

Carátula: CASABLANCA LAS GRUTAS S.A. S/ DILIGENCIA PRELIMINAR

Descripción: ARCHIVO TERMINADO C/ CF RES. 893/11

EXPTE:0138/98/5

CARATULA:CASABLANCA LAS GRUTAS S.A. S/ DILIGENCIA PRELIMINAR

*05TXHO.0OUU1C*

Viedma, de marzo de 2013.-

Atento el estado de las presentes actuaciones y en uso de la delegación de facultad dispuesta mediante Auto Interlocutorio n° 893/11, archívense las mismas en carácter de terminadas, remitiéndose oportunamente al Archivo General del Poder Judicial.-

Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la ley 869, trans- curridos 10 días de efectuada la notificación sin registrarse oposición alguna se entenderá que dicho Organismo se considera suficientemente garantizado a tenor del art. 20 ley 869, última parte, sin perjuicio de las facultades que le otorga el art. 29 de la ley citada.-

De haberse desagregado las presentes actuaciones, conforme lo ordenado a fs. 475 del expte nº 1119/98/6. Conste.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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Poder Judicial de Río Negro