include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0051/2013
Fecha: 2013-02-21
Carátula: RIVERA CARLOS ALBERTO FERNANDO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Descripción: CEDULA SECRETARIA
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
___________
C E D U L A
Señor: CARLOS ALBERTO FERNANDO RIVERA - Dra.Gabriela Yaltone
Domicilio: COLON 385 1º PISO (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "RIVERA CARLOS ALBERTO FERNANDO C/ S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS", Expte. Nº 0051/2013, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, de febrero de 2.013.-Por recibido. Avócome al conocimiento de la presente causa. Notifíquese.-Agréguese por cuerda al Expte. nº 155/10, caratulado: "Rivera Antonio s/ Sucesión ab intestato".- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de febrero de 2013.-
*05TXHO.BLRM9W*
<*****>
Poder Judicial de Río Negro