Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1015/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2013-02-18

Carátula: TARJETA NARANJA S.A. C/ BRITO MAGDALENA BEATRIZ S/ SUMARISIMO

Descripción: REBELDIA

EXPTE. Nº : 1015/2012.-

CARATULA: "TARJETA NARANJA S.A. C/ BRITO MAGDALENA BEATRIZ S/ SUMARISIMO".-

VIEDMA, febrero de 2013.-

Atento lo solicitado, lo que resulta de la documentación obrante en la causa e informando en este acto la Actuaria encontrarse vencido el término acordado al accionado para contestar la demanda y comparecer a estar a derecho sin que lo hubiere efectuado, désele por decaido el derecho que para hacerlo tenía, en consecuencia y haciendo efectivo el apercibimiento previsto por el art. 59 del Código Procesal Civil y Comercial, declárase rebelde en juicio a la demandada Magdalena Beatriz Brito. Notifíquese.-

R.B.

Rosana Calvetti

Juez

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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