Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0459/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2013-02-18

Carátula: CARCIONE ROSARIA GAETANA Y CALA LESINA CARMELO S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: DENUNCIA BIENES - VISTA ART -REGULACION DE HONORARIOS

EXPTE. N° 0459/2011

CARATULA: CARCIONE ROSARIA GAETANA Y CALA LESINA CARMELO S/ SUCESION AB INTESTATO

Viedma, de febrero de 2013.-

Agréguese.-

Por denunciados bienes integrantes del acervo hereditario.-

De los pagos efectuados, córrase vista a la Agencia de Recaudación Tributaria.-

Atento lo peticionado, el estado de autos y constancias de la causa, regúlanse los honorarios profesionales de los Dres. Mario Salvador Cáccamo, Alba Schiavi de van Konijinenburg y Silvia B. Aramburú de Uribe, en conjunto, en la suma de $ 31.062 (coef. 11 %) por los trabajos comunes e incluidas las tareas correspondientes a las respectivas inscripciones (MB: $ 282.383,78 -valuaciones fiscales de fs. 45- (arts. 8 y 25 ley G 2212). Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

A P

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro