Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40691

N° Receptoría:

Fecha: 2013-02-14

Carátula: CREDIL S.R.L. C/ AVENDAÑO Maria Angelica S/ EJECUTIVO

Descripción: Ordena embargo

Expte. 40691.-

//neral Roca, 14 de febrero de 2013.-j

Agréguese el informe acompañado.-

Atento lo solicitado y el estado de autos, líbrese oficio a la empleadora (UNTER) a fin de que prosiga con el embargo trabado oportunamente sobre los sueldos de la demandada en el porcentaje de ley y hasta cubrir las sumas de $1.210,24 en concepto de capital con más la de $1.000.- que se presuuestan para costas. Los fondos deberán ser depositados y/o transferidos a la cuenta de autos del Banco Patagonia, sucursal local, y a la orden del Tribunal.-

El monto de capital surge de la planilla aprobada a fs. 47 menos todos los retiros efectuados con posterioridad.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro