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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41668
Fecha: 2013-02-13
Carátula: PISTAGNESI Gino y NATALINI Elena Anita S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: agrega-regula
//neral Roca, 13 de FEBRERO de 2.013.=
Agréguese.
Regulo, por la tercera etapa los honorarios profesionales del Dr. Javier Ramiro Ulloa en la suma de $ 2.600.- a cargo del heredero.- (M.B. $ 50.267.32 -fs. 30- arts. 6, 7, 25 y 44 L.A. 2212.-).-
El monto base se fija de acuerdo a los argumentos expuestos por la Cámara de Apelaciones Civil en autos caratulados "Borbalás Antonio y Merlo Secundina s/ Sucesiones" Se.307, 26/07/00.- publicada en J.C.t.20 ,págs. 51/2.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.
Al punto III, estése al cumplimiento de los aportes a Caja Forense-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro