Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36960

N° Receptoría:

Fecha: 2006-04-11

Carátula: GIMENEZ Osvaldo c/MELARAGÑO Esteban y otro S/ Sumario

Descripción: traslado Sumario

SUMARIO: TRASLADO

//neral Roca, 11 de ABRIL de 2006.=

De la acción que se deduce, que tramitará según las normas del proceso sumario (artículo 320 CPC), traslado a los demandados por el término de DIEZ DIAS, a quien se cita y emplaza para que la conteste conforme a lo dispuesto en los arts. 357 y 486 del Código citado y comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía (art. 59 y 356 CPC). NOTIFIQUESE mediante cédula .

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por internet.(Conf.Acord.112/03 del STJRN).-

Atento lo manifestado a fs. 32, a fin de establecer la titularidad de los dominios denunciados, líbrese oficio al Registro de Automotor a efectos de que informen al respecto.

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro