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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0566/2009
Fecha: 2013-02-08
Carátula: PEREZ JOSEFINA JULIA Y ALMENDRA CARLOS BORROMEO S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: amei - se disponen medidas
EXPTE. Nº 0566/2009
CARATULA: PEREZ JOSEFINA JULIA Y ALMENDRA CARLOS BORROMEO S/ SUCESION AB INTESTATO
Viedma, de febrero de 2013.-
1.- Por devueltos. Agréguese la media carátula.-
2.- Por evacuada la vista conferida a la sra. Defensora de Menores.-
Atento lo solicitado, requiérase "ad effectum videndi et probandi" los autos caratulados: "Almendra José Luis s/ Declaración de Incapacidad" Expte. nº 1007/2002 al Juzgado de Familia nº 5 de Viedma, a cuyo fin ofíciese.-
A los fines que se expida con relación a lo manifestado a fs. 144, córrase traslado a la sra. curadora del sr. José Luis Almendra por el término de ley. Notifíquese con la copia prevista por el art. 120 del CPCC.-
Asimismo, hágase saber que deberá acompañarse valuación fiscal especial del inmueble en cuestión correspondiente al año en que se realizó la transacción.-
3.- Proveyendo a fs. 155:
Agréguense los comprobantes e informes acompañados y de los aportes efectuados, córrase vista a la Caja Forense.-
Sin perjuicio de ello, hágase saber que deberá acompañarse certificado de inhibición de la causante Perez y del heredero José Luis Almendra.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro