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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40646
Fecha: 2013-02-08
Carátula: BANCO DE LA PAMPA SEM C/ ALBARIÑO Juan Carlos S/ EJECUTIVO
Descripción: Regulación acrecidos///A CAJA FORENSE
Expte. 40646.-
//neral Roca, 08 de febrero de 2013.-j
Al punto I, agréguese y vista a caja forense.-
Al punto II, téngase presente lo denunciado.-
Al punto III, regulo los honorarios por acrecidos del Dr. Luis Gustavo Arias en $ 700.- - (MB: $18.900.-).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 8 y 41 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Al punto IV, a lo solicitado, oportunamente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro