Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1037/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2013-02-07

Carátula: CASTILLO CIRILO C/ VIOLA FERMINA OLGA Y OTRO S/ DESALOJO (Sumarísimo)

Descripción: CEDULA SECRETARIA

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

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C E D U L A

Señores: CARLOS MULLER - OLGA FERMINA VIOLA (Dres. Tomás Armando Rébora - Gustavo Martín Chirico)

Domicilio: URQUIZA Nº 476 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "CASTILLO CIRILO C/VIOLA FERMINA OLGA Y OTRO S/DESALOJO (Sumarísimo)", Expte. Nº 1037/2010, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, 04 de febrero de 2.013.- ... A los fines previstos en el art. 368 del CPCC, fíjase audiencia a la que deberán comparecer a absolver posiciones el actor sr. Cirilo Castillo y los demandados Fermina Olga Viola y Carlos Muller; y a prestar declaración testimonial por la parte actora los sres. Martín Echarren, Gerardo Oyón y Luis Barbieri, para el día 19 de marzo de 2013 a las 09:30 horas, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario, mínimo, vital y móvil y de hacerlos comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 26/03/2013 a las 12.00 horas. Las partes y los testigos deberán comparecer debidamente documentados.- Notifíquese a las partes por Secretaría las audiencias dispuestas precedentemente, haciéndoles saber que quedan a su cargo las restantes notificaciones.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de febrero de 2013.-

*05TXHO.GOC6JE*

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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Poder Judicial de Río Negro