include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39767
Fecha: 2013-02-07
Carátula: JADE TOLOSA Asman ó JAHDE TOLOZA Aurora y OTERO Ricardo Osvaldo S/ PROCESO SUCESORIO
Descripción: aprueba cesion
//neral Roca, 07 de FEBRERO de 2013.=
Proveyendo el escrito de fs. 160, agréguese.
Habiéndose dado cumplimiento con lo ordenado a fs. 100, 2do. párrafo, apruébase en cuanto ha lugar por derecho la cesión de derechos hereditarios efectuada en las presentes actuaciones a fs. 98/99, por Nélida Beatriz Otero en favor de Laura Milén Otero.
Proveyendo el escrito de fs. 161, punto I, téngase presente.
Al punto II, téngase presente.
A los fines de la inscripción del bien Dominio URI-558, de acuerdo a la partición de fs. 102 y aprobado a fs. 103, líbrese oficio de estilo al Registro del Automotor correspondiente.
Respecto a los inmuebles, previamente deberá adjuntarse condiciones de dominio, gravámenes e inhibiciones actulizadas como asimismo libre deudas de Municipalidad, DGR y Aguas Rionegrinas.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro