Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0003/2013

N° Receptoría:

Fecha: 2013-02-06

Carátula: JUNGBLUT RAUL ERNESTO C/ COLICHEO GUSTAVO ANDRES Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: INIC.CONTRA LA PROVINCIA (da intervencion Comisión Trans.)

EXPTE. Nº 0003/2013

CARATULA: JUNGBLUT RAUL ERNESTO C/ COLICHEO GUSTAVO ANDRES Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Viedma, de febrero de 2013.-

Por presentado, parte y por constituido el domicilio.-

Agréguese por cuerda el Expte. nº 0004/2013, caratulado: "Jungblut Raúl Ernesto s/ Beneficio de litigar sin gastos".-

Previo a ordenar el traslado correspondiente, toda vez que la Provincia de Río Negro ha sido demandada y de conformidad con lo dispuesto por el art. 9º de la Ley K 3233, dése intervención a la Comisión de Transacciones Judiciales. Notifíquese.-

Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

A P

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro