Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0004/2013

N° Receptoría:

Fecha: 2013-02-06

Carátula: JUNGBLUT RAUL ERNESTO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Descripción: INICIA

EXPTE. Nº 0004/2013

CARATULA: JUNGBLUT RAUL ERNESTO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS.-

Viedma, de febrero de 2013.-

Por presentadO, parte y por constituído el domicilio. Agréguese por cuerda al Expte. nº 0003/2013.-

Por iniciado trámite de Beneficio de Litigar sin Gastos por RAUL ERNESTO JUNGBLUT, el que tramitará según el art. 78 y concordantes del Código Procesal Civil y Comercial.-

Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble de esta ciudad, a fin de que informe a este Juzgado si a nombre del peticionante existen bienes registrables.-

Conforme lo prevee el artículo 80 del CPCC, cítese a los litigantes contrarios y a la Dirección General de Rentas a fin de fiscalizar la prueba a producirse.-

En los términos del art. 83 del CPCC concédase en forma provisional el beneficio de litigar sin gastos.-

A lo demás, oportunamente.-

Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

A P

Rosana Calvetti

Juez

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