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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0004/2013
Fecha: 2013-02-06
Carátula: JUNGBLUT RAUL ERNESTO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Descripción: INICIA
EXPTE. Nº 0004/2013
CARATULA: JUNGBLUT RAUL ERNESTO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS.-
Viedma, de febrero de 2013.-
Por presentadO, parte y por constituído el domicilio. Agréguese por cuerda al Expte. nº 0003/2013.-
Por iniciado trámite de Beneficio de Litigar sin Gastos por RAUL ERNESTO JUNGBLUT, el que tramitará según el art. 78 y concordantes del Código Procesal Civil y Comercial.-
Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble de esta ciudad, a fin de que informe a este Juzgado si a nombre del peticionante existen bienes registrables.-
Conforme lo prevee el artículo 80 del CPCC, cítese a los litigantes contrarios y a la Dirección General de Rentas a fin de fiscalizar la prueba a producirse.-
En los términos del art. 83 del CPCC concédase en forma provisional el beneficio de litigar sin gastos.-
A lo demás, oportunamente.-
Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
A P
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro