include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0732/2005CPA
Fecha: 2012-12-28
Carátula: RALINQUEO DEBORA SOLEDAD C/ INDACO RICARDO VICTOR Y OTRA S/ ORDINARIO
Descripción: DECRETA NULIDAD
EXPTE. Nº : 0732/2005CPA.-
CARATULA: RALINQUEO DEBORA SOLEDAD C/ INDACO RICARDO VICTOR Y OTRA S/ ORDINARIO.-
Viedma, de diciembre de 2012.-
Surgiendo de la cédula recibida que se ha procedido a notificar una audiencia que fuera fijada para el año 2008, de conformidad con lo establecido en el art. 149 del CPCC corresponde decretar la nulidad de las notificaciones efectuadas.-
En consecuencia, hágase saber a la parte que en lo sucesivo deberá requerir las medidas que estime corresponder a los fines de la producción de la prueba ordenada en autos, debiendo cuidar su actuación a fin de no entorpecer la labor judicial y no inducir a error al citado.-
A P
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro