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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1248/2010
Fecha: 2012-12-28
Carátula: DON CATALDO S.R.L. C/ GRASO ANGEL GABRIEL S/ EJECUCION PRENDARIA
Descripción: NO HA LUGAR - LIQUIDACION TRASL - embargo
EXPTE. Nº 1248/2010.-
CARATULA: DON CATALDO S.R.L. C/ GRASO ANGEL GABRIEL S/ EJECUCION PRENDARIA.-
Viedma, de diciembre de 2.012.-
Proveyendo a fs. 203:
Toda vez que se ha dispuesto la inscripción por oficio a favor del comprador en subasta, a lo solicitado no ha lugar.-
En tal sentido, déjase a disposición de la parte el oficio que fuera oportunamente librado y devuélvase el contrato de la cesión de derechos y acciones.-
Al escrito de fs. 204/205:
Por practicada liquidación, córrase traslado a la contraparte por el término de ley. Notifíquese.-
Atento lo solicitado, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, por la suma de $ 245.875 en concepto de capital de sentencia incluidos los honorarios y descontado que fuera el monto obtenido en subasta, con más la suma de $ 74.000 presupuestada para responder a intereses, costas y costos de la ejecución, siempre y cuando se encuentre a nombre del demandado, ANGEL GABRIEL GRASO. A tal fin, líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble, tiénese presente las personas autorizadas a diligenciarlo.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro