Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1021/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2012-12-28

Carátula: CAJA FORENSE DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ VEGA MOISES TOMAS S/ EJECUTIVO

Descripción: EMBARGO CUENTAS BANCARIAS

EXPTE. Nº 1021/2012.-

CARATULA: CAJA FORENSE DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ VEGA MOISES TOMAS S/ EJECUTIVO.-

Viedma, diciembre de 2.012.-

Atento lo peticionado y el estado de autos, trábese embargo sobre los saldos acreedores que tenga o llegare a tener depositado la parte demandada sr. MOISES TOMAS VEGA, DNI N° 8.430.051, en caja de ahorro y/o cuenta corriente, créditos, títulos públicos y/o privados, pagarés, letras de cambio y otros títulos de crédito, plazos fijos, disponibilidades derivadas de acuerdos para girar en descubierto y límites de compra y financiación de tarjeta de credito, fondos o valores de cualquier tipo y/o cualquier concepto en moneda nacional y/o extranjera, en los Bancos: Patagonia SA, Santander Río SA, Macro, Credicoop Coop. Ltdo, Nación Argentina e Hipotecario, siempre y cuando dichos fondos no provengan del pago de haberes del demandado, ya sea tanto como activo o pasivo, hasta cubrir las sumas de $ 27.034 en concepto de capital e incluidos los honorarios, con más la de $ 2.703 que se presupuesta provisoriamente para responder por intereses y costas del juicio.-

Líbrense oficios a dichos bancos a efectos de la toma de razón con los recaudos mencionados precedentemente y con mención de las personas autorizadas, haciendo saber que las sumas embargadas deberán depositarse en cuenta judicial en el Banco Patagonia S.A. a nombre de la suscripta y como pertenecientes a estos autos.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro