Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37383

N° Receptoría:

Fecha: 2006-04-10

Carátula: PERALTA Carlos A. c/PARADA Mariano S. S/ Usucapion

Descripción: Inicio

//neral Roca, 10 de ABRIL de 2006.-

Por presentado, parte y con domicilio.-

Previo a todo, a fin de establecer el domicilio del accionado líbrese oficio a la Comisaría y Juzgado de Paz de Villa Regina, como así también a la Secretaría Electoral de Viedma.-

Asimismo, líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a fin de que informe condiciones de dominio, gravámenes e inhibiciones.-

Cùmplase con lo dispuesto por el art. 789 inc.3 del CPC .-

Téngase presente las personas facultadas para el diligenciamiento de los oficios ordenados.-

En atención a lo peticionado y lo dispuesto por el art. 121 CPC. exímase al presentante del acompañamiento de copias de la totalidad de la documentación adjuntados traslado, la que se encuentra en Secretaría a disposicion de la contraria a los fines de su observación.-

Deposítese en caja fuerte la documentación original.-

Hágase saber a las partes del derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por Internet (Conf.Acord. 112/03 del STJRN).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Nota: de haberse depositado doc. fs. 94/337. Conste.-

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Poder Judicial de Río Negro