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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0088/2007
Fecha: 2012-12-27
Carátula: TARRUELLA HUGO DANIEL S/ CONCURSO PREVENTIVO
Descripción: SENTENCIA. CONCLUSION CONCURSO
Viedma, de diciembre de 2012.-
VISTOS: Los presentes autos caratulados "TARRUELLA HUGO DANIEL S/CONCURSO PREVENTIVO" Expte Nº 0088/2007, traídos a despacho para resolver; y
CONSIDERANDO:
1.- Que a fs. 695/708 compareció el sr. Hugo Daniel Tarruella, por derecho propio y solicitó la apertura de su concurso preventivo. Se tuvieron por acreditados los recaudos necesarios para acceder a la formación a lo peticionado y así se lo decretó con fecha 04/05/2007.-
2.- Que a fs. 840/844 con fecha 07/11/2007 se dictó la resolución en los términos del art. 36 de la LCQ y que a fs. 1025 con fecha 31/07/2008 se homologó el acuerdo preventivo presentado.-
3.- Que atento las constancias de autos y toda vez que se encuentra cumplido el acuerdo antedicho, de conformidad con lo dispuesto por el art. 59 de la LCQ corresponde declarar finalizado el presente concurso preventivo.-
Por todo lo expuesto,
RESUELVO:
I.- Declarar finalizado el concurso preventivo del Sr. Hugo Daniel Tarruella (DNI Nº 12.275.935), con domicilio en calle Boulevard Ituzaingó 726 de la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, con los efectos del art. 59 y sgtes. de la LCQ.-
II.- Ordenar se haga conocer el presente mediante la publicación de edictos por el término de un día en el Boletín Oficial y en el diario "Río Negro".-
III.- Disponer la finalización de la actuación del Sr. Síndico.-
IV.- Firme que se encuentre la presente, procédase al levantamiento de la totalidad de las interdicciones decretadas en autos, a cuyo fin se librarán los oficios del caso.-
V.- Ordenar la anotación de la presente resolución en el Registro de Juicios Universales a cuyo fin deberá oficiarse al Superior Tribunal de Justicia.-
VI.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-
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Poder Judicial de Río Negro