include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0232/2011
Fecha: 2012-12-27
Carátula: CRICELLI JUAN FRANCISCO C/ SCHMITT CARLOS ALBERTO Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Sumarísimo)
Descripción: AGREGUESE Y PROVIDENCIA
EXPTE. Nº 0232/2011
CARATULA: CRICELLI JUAN FRANCISCO C/ SCHMITT CARLOS ALBERTO Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Sumarísimo)
Viedma, de diciembre de 2012.-
Por reintegrados los autos.-
Agréguese la media carátula a sus antecedentes.-
Atento lo manifestado y razones invocadas por el perito contador, intímase a la compañía aseguradora a poner a disposición del perito designado en autos, la documental pertinente bajo apercibimiento de tenerla por desistida de la correspondiente prueba. Not..-
jc
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro