Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1062/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2012-12-21

Carátula: GALLO JUAN CARLOS S/ DILIGENCIA PRELIMINAR

Descripción: DILIGENCIA PRELIMINAR-RECHAZA

EXPTE. N° 1062/2012

CARATULA: GALLO JUAN CARLOS S/ DILIGENCIA PRELIMINAR

Viedma, diciembre de 2012.-

Por presentado, parte y domiciliado.-

Atento las características de las diligencias preliminares cuya promoción se intenta y teniendo especialmente en cuenta su carácter de excepción, toda vez que es en principio de incumbencia de los interesados y en general tarea extrajudicial la colección de los elementos necesarios a los fines de la promoción y sustentación del proceso y surgiendo de la presentacion efectuada que no se ha acreditado en forma alguna los expremos invocados y los que sólo se expresan en la presentación, a la diligencia preliminar solicitada, en este estado, no ha lugar (conf. args. Fenochietto, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, Com. anot. y conc., edit. Astrea, art. 323, pág. 287/288).-

Rosana Calvetti

Juez

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