Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 42455

N° Receptoría:

Fecha: 2012-12-21

Carátula: MARZETTI Angela Rosa A. S/ AMPARO (Ipross)

Descripción: PREVIO//Intimac. Providencia oficio y a cédula Informe recibido

Expte. 42455.-

//neral Roca, 20 de diciembre de 2012.-j

Atento los informes recibidos y previo a resolver, intímase al Ipross a que en el término de un día informe directamente al Tribunal cuánto es el tiempo que insumirá el trámite de compra de los elementos solicitados por la amparista, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 398/99 del CPC. Notifíquese, a cuyo efecto líbrese oficio a dicho organismo.-

Asimismo, intímase a la Dra. Minardi a que en el término de un día informe directamente al Tribunal si los elementos solicitados son con carácter urgente y vital para la enfermedad que padece la amparista, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 398/99. Notifíquese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Expte. 42455.-

//neral Roca, 21 de diciembre de 2012.-j

Atento las características del trámite, ampliando la providencia de fs. 14, líbrese la cédula a la Dra. Minnardi con habilitación de días y horas inhábiles.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

CEDULA DE NOTIFICACION

Con habilitación de día y horas inhábiles

Dra. SONIA MINARDI

Don Bosco 1829

General Roca

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "MARZETTI Angela Rosa A. S/ AMPARO (Ipross)" (Expte. 42455) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar la presente a fin de notificar lo siguiente: "//neral Roca, 20 de diciembre de 2012.- ... intímase a la Dra. Minardi a que en el término de un día informe directamente al Tribunal si los elementos solicitados son con carácter urgente y vital para la enfermedad que padece la amparista, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 398/99. Notifíquese.- Firma Dra. Susana T. Burgos. Juez.-"

Artículo 399.- Si por circunstancias atendibles el requerimiento no pudiere ser cumplido dentro del plazo, se deberá informar al juzgado, antes del vencimiento de aquél, sobre las causas y fecha en que se cumplirá.

Si el juez advirtiere que determinada repartición pública sin causa justificada no cumple reiteradamente el deber de contestar oportunamente los informes, deberá poner el hecho en conocimiento del Ministerio de Gobierno, a los efectos que correspondan, sin perjuicio de las otras medidas a que hubiere lugar.

A las entidades privadas que sin causa justificada no contestaren oportunamente, se les impondrá multa de hasta dos veces el monto del jornal mínimo, vital y móvil por cada día de retardo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 398. La apelación que se dedujere contra la respectiva resolución tramitará por expediente separado.-

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-

General Roca, 21 de diciembre de 2012.-j

Dra. Romina Zilvestein

Secretaria Subrogante

General Roca, 21 de diciembre de 2012.-

Al

IPROSS

Viedma

Oficio Nro. 3780

Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "MARZETTI Angela Rosa A. S/ AMPARO (Ipross)" (Expte. 42455) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en San Luis 853, piso 2, de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de INTIMAR a que en el término de un día informe directamente al Tribunal cuánto es el tiempo que insumirá el trámite de compra de los elementos solicitados por la amparista, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 398/99 del CPC.-

La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "//neral Roca, 20 de diciembre de 2012.- ... líbrese oficio a IPROSS... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"

Sin otro motivo, saludo atte.-

Dra. Romina Zilvestein

Secretaria Subrogante

//neral Roca, 21 de diciembre de 2012.-j

Agréguese el informe recibido y téngase por contestada la intimación por la Dra. Minardi.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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