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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1048/2012
Fecha: 2012-12-20
Carátula: VELAZQUEZ JUAN RAMON Y OTRA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Descripción: CEDULA SECRETARIA
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
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C E D U L A
Señor: KARINA MARTEL y JUAN RAMON VELAZQUEZ - Dr. Guillermo Santos
Domicilio: BOULEVARD AYACUCHO 371 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "VELAZQUEZ JUAN RAMON Y OTRA C/ S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS", Expte. Nº 1048/2012, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, diciembre de 2.012.-Por recibido. Avócome al conocimiento de la presente causa. Notifíquese.-Agréguese por cuerda a los autos caratulados: Velazquez Juan Ramón y otra c/ Fernandez Nelson y otra s/ Daños y Perjuicios (ordinario), Expte. nº 607/2012.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de diciembre de 2012.-
*05TXHO.GXVQIV*
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Poder Judicial de Río Negro