Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 1048/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2012-12-20

Carátula: VELAZQUEZ JUAN RAMON Y OTRA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Descripción: CEDULA SECRETARIA

PROVINCIA DE RÍO NEGRO

PODER JUDICIAL

Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3

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C E D U L A

Señor: KARINA MARTEL y JUAN RAMON VELAZQUEZ - Dr. Guillermo Santos

Domicilio: BOULEVARD AYACUCHO 371 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "VELAZQUEZ JUAN RAMON Y OTRA C/ S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS", Expte. Nº 1048/2012, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, diciembre de 2.012.-Por recibido. Avócome al conocimiento de la presente causa. Notifíquese.-Agréguese por cuerda a los autos caratulados: Velazquez Juan Ramón y otra c/ Fernandez Nelson y otra s/ Daños y Perjuicios (ordinario), Expte. nº 607/2012.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de diciembre de 2012.-

*05TXHO.GXVQIV*

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Poder Judicial de Río Negro