Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0871/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2012-12-20

Carátula: SOSA MARCOS EMILIO ISMAEL Y OTRA C/ GUERRERO EMILIO Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: CONTESTA DEMANDA

EXPTE. Nº 0871/2012

CARATULA: SOSA MARCOS EMILIO ISMAEL Y OTRA C/ GUERRERO EMILIO Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Viedma, diciembre de 2.012.-

Por presentado, parte y constituido el domicilio. Agréguese la documental acompañada.-

Por contestada la demanda.-

De la documental presentada, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-

Hágase saber a los profesionales intervinientes, que deberán cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

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Poder Judicial de Río Negro