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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0792/2010
Fecha: 2012-12-20
Carátula: COOPERATIVA DE PROVISION DE BIENES Y SERVICIOS DE EXPORTACIÓN Y DE CREDITO LA COMARCA LIMITADA C/ GOROSTIAGA CARLOS ALBERTO S/ EJECUTIVO
Descripción: APROBACION DE LIQUIDACION-embargo
EXPTE. No 0792/2010
CARATULA: COOPERATIVA DE PROVISION DE BIENES Y SERVICIOS DE EXPORTACIÓN Y DE CREDITO LA COMARCA LIMITADA C/ GOROSTIAGA CARLOS ALBERTO S/ EJECUTIVO
Viedma, diciembre de 2012.-
Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 43 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébasela en cuanto ha lugar por derecho en la suma de $ 3.807,83 intereses de capital y de honorarios, aporte Caja Forense y sellado, al 20/11/12.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado Carlos Alberto Gorostiaga como empleado de FRIDEVI S.A. hasta cubrir la suma de $ 3.404 en concepto de saldo de liquidación aprobada, con más la suma de $ 1.140 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre de la suscripta y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro