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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0619/2012
Fecha: 2012-12-19
Carátula: SALCEDO STELLA MARYS Y OTRO C/ GALANTINI AMADEO DANTE CARLOS S/ USUCAPION
Descripción: PROVEE PRUEBA -
EXPTE. Nº 0619/2012
AUTOS: SALCEDO STELLA MARYS Y OTRO C/ GALANTINI AMADEO DANTE CARLOS S/ USUCAPION
Viedma, diciembre de 2.012.-
Atento al estado de autos y el resultado de la audiencia prevista por el art. 361 del CPCC que da cuenta el acta obrante a fs. 35, provéase la prueba ofrecida por la parte, a saber:
PRUEBA ACTORA
DOCUMENTAL:Incorporada a la causa.-
INFORMATIVA: Líbrese oficio a la Municipalidad de Viedma para que informe sobre la existencia de convenios de pago entre la Sra. Stella Marys Salcedo y el municipio en concepto de impuestos, tasas y/o contribuciones, en referencia al inmueble ubicado en calle Sor Josefina Picardo nº 0, N.C.: D18-C1-SB-M709-L02-UF000-UC0. En caso afirmativo, indique fecha de celebración del convenio, conceptos incluídos y vigencia del mismo. Acompañe copia cerftificada de los mencionados instrumentos.-
TESTIMONIAL: A los fines de recibir la declaración testimonial de las Sras. Blanca Hermelinda Roche, Maria Estela Eugui y Rosa Ayelef, fíjase audiencia por Secretaría para el día 6 de marzo de 2.013 a las 9,30, 9,45 y 10 horas respectivamente, a la que deberán comparecer munidas de sus documentos de identidad, bajo apercibimiento de imponerles una multa de hasta un salario, mínimo, vital y móvil y de hacerlas comparecer por medio de la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fija para el día 13 de marzo de 2.013 con igual horario. Notifíquese.-
R.B.
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro