include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0565/2012
Fecha: 2012-12-19
Carátula: LARRABURU MARTA BEATRIZ Y OTRO C/ MR. JONNY S.A. Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: SE PRESENTAN LOS DEMANDADOS
EXPTE. Nº : 0565/2012.-
CARATULA: LARRABURU MARTA BEATRIZ Y OTRO C/ MR. JONNY S.A. Y OTRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario).-
Viedma, de diciembre de 2012.-
Al escrito de fs. 56/57:
Por presentado, parte y constituído el domicilio.-
De la excepción interpuesta, córrase traslado a la contraria por el término de ley. Notifíquese.-
Tiénese presente la adhesión formulada y la reserva del caso federal efectuada.-
Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Al escrito de fs. 64/74:
Por presentado, parte y constituído el domicilio.-
De la excepción interpuesta, córrase traslado a la contraria por el término de ley. Notifíquese.-
Por contestada la demanda.-
Tiénese presente la reserva del caso federal efectuada.-
A P
Rosana Calvetti
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro