Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 41674

N° Receptoría:

Fecha: 2012-12-19

Carátula: CASTILLO Rudesindo y MOZO y/o MOSO Julia S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: DECLARATORIA

//neral Roca, 19 de diciembre de 2012.-j

AUTOS Y VISTOS: Para dictar declaratoria de herederos en estos autos "CASTILLO Rudesindo y MOZO y/o MOSO Julia S/ SUCESION AB INTESTATO" (Expte. Nro. 41674).-

CONSIDERANDO: Se promueve el presente juicio sucesorio por el fallecimiento de Rudecindo Castillo, ocurrido el 23 de Enero de 1979 en General Roca (RN), y el fallecimiento de Julia Moso, ocurrido el 11 de Agosto de 2007 en Gral. Roca (RN), cert. fs. 3 y 4 respectivamente.-

Los causantes estaban unidos en matrimonio por acto celebrado el 15 de Mayo de 1969 en General Roca (RN), partida de fs. 5.-

De dicha unión nacieron:

DOMINGO, el 07 de Agosto de 1954 en Allen (Pcia. de Río Negro), cert. fs. 40 y reconocimiento de ambos padres en el acta de matrimonio de fs. 5.-

JUAN ALBERTO, el 26 de Noviembre de 1955 en Allen (Pcia. de Río Negro), cert. fs. 41 y reconocimiento de ambos padres en el acta de matrimonio de fs. 5.-

JULIO VICTOR, el 06 de Enero de 1958 en General Roca (Pcia. de Río Negro) y fallecido el 06 de Diciembre de 2011 en General Roca (Pcia. de Rio Negro), certificado de fs. 11.-

MANUEL, el 15 de Abril de 1960 en General Roca (Pcia. de Río Negro), cert. fs. 43 y reconocimiento de ambos padres en el acta de matrimonio de fs. 5.-

RUDECINDO ANTONIO, el 15 de Febrero de 1964 en General Roca (Pcia. de Río Negro), certif. fs. 37.-

DORA ESTER ROSALÍA, el 28 de Junio de 1966 en General Roca (Pcia. de Río Negro), certif. de fs. 6.-

A fs. 13 se declara la apertura del juicio sucesorio y competente el Tribunal para entender en el mismo.-

A fs. 15/16 y 49 obran oficios al Registro de Juicios Universales y al Registro de Testamentos de los que surge que a nombre de los causantes no se han iniciado juicios similares ni se ha registrado disposición testamentaria alguna.-

A fs. 17/19 obran constancias con las que se acredita la correspondiente publicación edictual y sobre cuyo vencimiento certifica en este acto la actuaria, informando que no se han presentado más herederos ni interesados que los mencionados precedentemente.-

Por lo expuesto y las disposiciones de los arts. 3565 y 3570 del Código Civil y 699 y 700 del CPC,

RESUELVO: Declarar que por fallecimiento de Rudecindo Castillo le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos DOMINGO, JUAN ALBERTO, JULIO VICTOR, MANUEL, RUDECINDO ANTONIO y DORA ESTER ROSALÍA, todos de apellidos CASTILLO y MOSO ó MOZO, sin perjuicio de los derechos que por ley le corresponden a la cónyuge supérstite JULIA MOSO ó MOZO sobre los bienes gananciales y los propios si los hubiere.-

Por el fallecimiento de Julia Moso ó Mozo le suceden en carácter de únicos y universales herederos DOMINGO, JUAN ALBERTO, JULIO VICTOR, MANUEL, RUDECINDO ANTONIO y DORA ESTER ROSALÍA, todos de apellidos CASTILLO y MOSO ó MOZO.-

Notifíquese y regístrese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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