include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0129/2009
Fecha: 2012-12-17
Carátula: SIKICH MAGDALENA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Descripción: CEDULA SECRETARIA
PROVINCIA DE RÍO NEGRO
PODER JUDICIAL
Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3
___________
C E D U L A
Señora: MAGDALENA SIKICK (Dres. Luciano Campagnoli - Néstor Isidoro Torres)
Domicilio: ALVARO VARROS Nº 135 - P.A. (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "SIKICH MAGDALENA C/BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ORDINARIO", Expte. Nº 0129/2009, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo de la Dra. Rosana Calvetti, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, diciembre 13, de 2.012.- VISTOS: ... RESULTA: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I.- Aclarar la Sentencia definitiva nº 80 obrante al folio nº 242/246 de fecha 29 de noviembre de 2.012 en su parte resolutiva, punto I, inciso 2 en relación a que se condena al Banco Hipotecario S.A. a pagar a la sra. Magdalena Sikich la suma de $ 41.485 en concepto de capital e intereses calculados al 30/09/12.- II. Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dra. Rosana Calvetti - Juez ".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de diciembre de 2012.-
*05TXHO.67FEQ8*
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
<*****>
Poder Judicial de Río Negro