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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 16762-294-12
Fecha: 2012-12-17
Carátula: CARDENAS, GRACIELA Y OTROS / MOHANA, RICARDO Y OTRO -DAÑOS Y PERJUICIOS - S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: medida
Expte. nro.: 16762-294-12
Excma.Cámara: Siendo necesario a los fines de decidir contar con los autos "Cárdenas Graciela y otros c/Mohana Ricardo y otro S/D.Perjuicios" expte. 00301-02 del Juzgado Civil nro. 5, solicito como medida para mejor proveer se requieran los mismos con interrupción del plazo para fallar.
Vocalía, 12 de diciembre de 2012.
EDGARDO CAMPERI
Juez de Cámara
San Carlos de Bariloche, 12 de diciembre de 2012.-
Visto lo solicitado, interrúmpanse los plazos para fallar.
Requiéranse los autos citados precedentemente. Ofíciese.
Oportunamente practíquese nuevo cómputo de plazos. Notifíquese.
EDGARDO J.CAMPERI RUBEN MARIGO JUAN LAGOMARSINO
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro