Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 31491III

N° Receptoría:

Fecha: 2012-12-14

Carátula: SEPULVEDA Cristina Maribel S/ DECLARACION DE INCAPACIDAD

Descripción: RESOLUCION-a CAMARA

//neral Roca, de DICIEMBRE de 2012.=

AUTOS y VISTOS: Para resolver en estos autos caratulados "SEPULVEDA Cristina Maribel S/Incapacidad" (Expte. N* 31.491-III-98).-

CONSIDERANDO: Que a fs. 41 se presenta la Sra.Mirta Sepúlveda en su carácter de hermana y curadora de Cristina Maribel Sepúlveda, manifestando que atento a que su progenitora Sra Prosperina del Carmen Villegas Lara ha regresado de Chile, y que la incapaz se encuentra nuevamente bajo su exclusivo cuidado, se deje sin efecto la designación decretada a fs. 44 y se designe nuevamente a su madre como curadora defintiva y autorice a la misma a cobrar la pensión que mensualmente le otorgan a Cristina Maribel Sepúlveda.

La Sra. Prosperina del Carmen Villegas Lara presta conformidad con lo solicitado.

A fs. 51 presta conformidad con la designación la Defensora de Menores e Incapaces.-

Por ello,

RESUELVO: Disponer el cese de la Sra. Mirta Sepúlveda, en la función designada.-

Reasignar como curadora definitiva de CRISTINA MARIBEL SEPULVEDA, DNI 26.218.493 a PROSPERINA DEL CARMEN VILLEGAS LARA, DNI 20.392.832, quien deberá aceptar el cargo en debida forma ante la Actuaria.-

Autorízase a la curadora a cobrar la pensión que mensualmente percibe la insana.-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869. Regístrese.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

//neral Roca, 14 de DICIEMBRE de 2012.=

Atento el dictámen de la Defensora de Menores de fs. 51, 2° párrafo y requiriendo la insanía decretada un continuo control que escapa a las posibilidades del fuero civil en razón del cúmulo de tareas propias del mismo y existiendo tribunales especiales en la materia lo que garantiza con mayor seguridad la regularidad del trámite, corresponde remitir las actuaciones para el debido encauce de la situación a estos.-

Pasen las presentes actuaciones a la Cámara Civil a fin de proceder al sorteo respectivo.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro