Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 31646III

N° Receptoría:

Fecha: 2012-12-12

Carátula: OGGIANU Salvador S/ PROCESO SUCESORIO

Descripción: providencia

General Roca, 12 de diciembre de 2012.s-

Acredítese debidamente que el inmueble DC 062-C-290-14 se encuentra inscripto a nombre del causante, a esos fines acompáñese condiciones de dominio.

Cumplido que sea con lo ordenado precedentemente y no encontrándose el bien denunciado en la declaración jurada patrimonial, deberá correrse traslado de lo peticionado a Rentas y a Caja Forense.-

Se deja constancia que todos los herederos han prestado conformidad a fs. 31 en los autos LOPEZ JIMENEZ MIGUEL C/OGGIANU SALVADOR S/SUCESION S/LEGITIMO ABONO (38904-J3-08).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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