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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 40777
Fecha: 2012-12-12
Carátula: MUÑOZ Vilma Andrea C/ VAZQUEZ Luciano Rafael y Otros S/ ORDINARIO
Descripción: a cédula
-3-
CEDULA DE NOTIFICACION
Luciano Rafael Vazquez, Distribuidora Pablo S.A., continuadora de SODA PABLO S.A. y Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales S.A.
Dr. Mauricio Miguel Benitez
BELGRANO 1566 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: MUÑOZ Vilma Andrea C/VAZQUEZ Luciano Rafael y Otros S/ORDINARIO (40777) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en San Luis 853, 2° piso de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la sentencia que dice: General Roca, 3 de diciembre de 2012s.- FALLO: Haciendo lugar a la la demanda de daños y perjuicios promovida por VILMA ANDREA MUÑOZ contra LUCIANO RAFAEL VAZQUEZ, DISTRIBUIDORA PABLO S.A. continuadora de SODA PABLO S.R.L. y compañía de seguros HORIZONTE COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A., y en consecuencia condenar a estos últimos a abonar a la primera en el término de DIEZ días la suma de $ 11.244.- con los intereses determinados en los considerandos.- Costas a los demandados y compañía aseguradora. Regulo los honorarios de los Dres Ana Eugenia Zinkgraf en $ 1.690.- y Mauricio Miguel Benitez en $ 1.580.- perito accidentólogo Francisco José Giambirtone en $ 400.- (M.B. $ 11.244.- arts.6, 7, 8, 38 y 39 ley 2212).- Se deja constancia que en la merituación de honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, regístrese y cúmplase con la ley 869.--Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.
Se acompaña copia de la Sentencia N° 24, Folio 112/7.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, de diciembre de 2012s.--
Dra. Romina Zilvestein
Secretaria Subrogante
-3-
CEDULA DE NOTIFICACION
MUÑOZ VILMA ANDREA
DRA. ANA EUGENIA ZINKGRAF
ECUADOR 591 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: MUÑOZ Vilma Andrea C/VAZQUEZ Luciano Rafael y Otros S/ORDINARIO (40777) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en San Luis 853, 2° piso de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la sentencia que dice: General Roca, 3 de diciembre de 2012s.- FALLO: Haciendo lugar a la la demanda de daños y perjuicios promovida por VILMA ANDREA MUÑOZ contra LUCIANO RAFAEL VAZQUEZ, DISTRIBUIDORA PABLO S.A. continuadora de SODA PABLO S.R.L. y compañía de seguros HORIZONTE COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A., y en consecuencia condenar a estos últimos a abonar a la primera en el término de DIEZ días la suma de $ 11.244.- con los intereses determinados en los considerandos.- Costas a los demandados y compañía aseguradora. Regulo los honorarios de los Dres Ana Eugenia Zinkgraf en $ 1.690.- y Mauricio Miguel Benitez en $ 1.580.- perito accidentólogo Francisco José Giambirtone en $ 400.- (M.B. $ 11.244.- arts.6, 7, 8, 38 y 39 ley 2212).- Se deja constancia que en la merituación de honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, regístrese y cúmplase con la ley 869.--Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.
Se acompaña copia de la Sentencia N° 24, Folio 112/7.-
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, de diciembre de 2012s.--
Dra. Romina Zilvestein
Secretaria Subrogante
-3-
CEDULA DE NOTIFICACION
CAJA FORENSE
VILLEGAS 973 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: MUÑOZ Vilma Andrea C/VAZQUEZ Luciano Rafael y Otros S/ORDINARIO (40777) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en San Luis 853, 2° piso de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la sentencia que dice: General Roca, 3 de diciembre de 2012s.- FALLO: Haciendo lugar a la la demanda de daños y perjuicios promovida por VILMA ANDREA MUÑOZ contra LUCIANO RAFAEL VAZQUEZ, DISTRIBUIDORA PABLO S.A. continuadora de SODA PABLO S.R.L. y compañía de seguros HORIZONTE COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A., y en consecuencia condenar a estos últimos a abonar a la primera en el término de DIEZ días la suma de $ 11.244.- con los intereses determinados en los considerandos.- Costas a los demandados y compañía aseguradora. Regulo los honorarios de los Dres Ana Eugenia Zinkgraf en $ 1.690.- y Mauricio Miguel Benitez en $ 1.580.- perito accidentólogo Francisco José Giambirtone en $ 400.- (M.B. $ 11.244.- arts.6, 7, 8, 38 y 39 ley 2212).- Se deja constancia que en la merituación de honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, regístrese y cúmplase con la ley 869.--Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, de diciembre de 2012s.--
Dra. Romina Zilvestein
Secretaria Subrogante
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CEDULA DE NOTIFICACION
Francisco Giambirtone
Mitre 810, piso 2° oficina 7 (CONSTITUIDO)
GENERAL ROCA
Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: MUÑOZ Vilma Andrea C/VAZQUEZ Luciano Rafael y Otros S/ORDINARIO (40777) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en San Luis 853, 2° piso de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la sentencia que dice: General Roca, 3 de diciembre de 2012s.- FALLO: Haciendo lugar a la la demanda de daños y perjuicios promovida por VILMA ANDREA MUÑOZ contra LUCIANO RAFAEL VAZQUEZ, DISTRIBUIDORA PABLO S.A. continuadora de SODA PABLO S.R.L. y compañía de seguros HORIZONTE COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A., y en consecuencia condenar a estos últimos a abonar a la primera en el término de DIEZ días la suma de $ 11.244.- con los intereses determinados en los considerandos.- Costas a los demandados y compañía aseguradora. Regulo los honorarios de los Dres Ana Eugenia Zinkgraf en $ 1.690.- y Mauricio Miguel Benitez en $ 1.580.- perito accidentólogo Francisco José Giambirtone en $ 400.- (M.B. $ 11.244.- arts.6, 7, 8, 38 y 39 ley 2212).- Se deja constancia que en la merituación de honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-Notifíquese, regístrese y cúmplase con la ley 869.--Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS
General Roca, de diciembre de 2012s.--
Dra. Romina Zilvestein
Secretaria Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro