Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 33090III

N° Receptoría:

Fecha: 2012-12-12

Carátula: GONZALEZ Segundo S/ PROCESO SUCESORIO

Descripción: estése

General Roca, 12 de diciembre de 2012.s-

Habiéndose firmado las cesiones hereditarias ante el Juzgado de Paz y siendo la presentación de las mismas, responsabilidad del letrado, se hace saber que no es necesario la ratificación de las mismas en este Tribunal.-

Previo a su aprobación cúmplase con lo ordenado a fs. 92, último párrafo.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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