Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0752/2012

N° Receptoría:

Fecha: 2012-12-11

Carátula: SANZ ALFREDO RAFAEL C/ IZZO MARIA JOSE S/ EJECUTIVO

Descripción: INTERPONE EXCEPCIONES

EXPTE. Nº 0752/2012

CARATULA: SANZ ALFREDO RAFAEL C/ IZZO MARIA JOSE S/ EJECUTIVO

Viedma, de diciembre de 2012.-

Por presentada, parte y por constituído domicilio.-

Del planteo de nulidad articulado, levantamiento de embargo peticionado y excepción interpuesta, córrase traslado a la contraparte por el término de ley. Notifíquese.-

Toda vez que la copia acompañada del documento de identidad carece de validez legal por ser fotocopia simple y no estar suscripta por el letrado, devuélvase a su presentante.-

Hágase saber al profesional interviniente que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la Ley 2.897, bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

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Rosana Calvetti

Juez

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