include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 42224
Fecha: 2012-12-10
Carátula: PIÑEIRO Ernesto Jose C/ GOMEZ Gaston Elio y Otra S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: Acuerdo y homologación
//neral Roca, 10 de diciembre de 2012.-j
Téngase presente y homológase con fuerza de sentencia el acuerdo presentado por las partes. Notifíquese.-
Téngase presente los honorarios pactados a favor del letrado de la parte actora.-
Regulo los honorarios del Dr. Alfredo Gustavo Tomé en la suma de $ 2.700.- y del Dr. Tomás Alberto Rodriguez en $ 1.500.- (MB: $30.000.-).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 7,8, 38 y 39 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro