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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 41236
Fecha: 2012-12-10
Carátula: DIRECCION GRAL. RENTAS C/ MARIANO Horacio S/ EJECUTIVO
Descripción: regulacion
zGeneral Roca, 10 de diciembre de 2012.-g
Atento la cancelación denunciada, regulo los honorarios por acrecidos del Dr. Rodolfo G. Vesciglio en la suma de $ 200.- (M. B. $ 5.010,90.- capital más honorarios- arts. 6, 7, 8 y 41 de la ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas de la causa y el resultado obtenido a través de aquella.-
Cúmplase con la ley 869 y notifíquese.-
Al levantamiento de embargo estese a la firmeza del auto que antecede.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro