Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 40615

N° Receptoría:

Fecha: 2012-12-07

Carátula: FELDMAN Norberto Luis y O. C/ BICHARA Eduardo Pedro S/ ORDINARIO

Descripción: Apelación/// A RESOLVER

//neral Roca, 07 de DICIEMBRE de 2012.=

Proveyendo el escrito de fs. 758/59, atento la aclaración formulada, haciendo lugar a la revocatoria, déjese sin efecto lo proveído a fs. 757, párrafo 8vo.-

En consecuencia, proveyendo el escrito de fs. 749, concédese en relación, el recurso de apelación interpuesto.-

Pónganse los autos en Secretaría para que el apelante presente Memorial.-

Oportunamente, elévense las presentes actuaciones a la Cámara de Apelaciones.-

Proveyendo el escrito de fs. 762, agréguese y téngase presente.-

Proveyendo el oficio de fs. 764, por recibido, sigan los autos según su estado.-

Según lo que consta en acta de fs. 731 vta. y en la providencia de fs. 757, penúltimo apartado, pasen los presentes A RESOLVER.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro