Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0332/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2006-04-06

Carátula: MARTINOLICH RUBEN ALEJANDRO Y OTROS C/ LA COSTA S.R.L. S/ EJECUCION DE HONORARIOS

Descripción: prov

EXPTE. N° 0332/2005

CARATULA: MARTINOLICH RUBEN ALEJANDRO Y OTROS C/ LA COSTA S.R.L. S/ EJECUCION DE HONORARIOS

Viedma, abril de 2006.-

Atento el estado y constancias de autos, las conformidades expresadas por el síndico y el acreedor embargante y teniendo en cuenta que el embargo oportunamente decretado lo ha sido sobre sumas de dinero (conf. fs. 13 y fs. 27), de conformidad a las disposiciones del art. 21, inc. 4° de la L.C.Q., hágase lugar al levantamiento del embargo solicitado por la demandada. Ofíciese.-

Asimismo y en mérito a lo dispuesto precedentemente, póngase a disposición de la demandada la sumas de dinero que en su caso existan en la cuenta de autos, debiendo a tal fin acompañarse saldo bancario.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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