Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0954/2011

N° Receptoría:

Fecha: 2012-12-06

Carátula: LANZA OSCAR VICENTE Y OTRA C/ ASOCIACION ESPAÑOLA DE SOCORROS MUTUOS DE VIEDMA Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Descripción: HACE SABER FECHA DE EXAMEN f/ Caro

EXPTE. Nº 0954/2011

AUTOS: LANZA OSCAR VICENTE Y OTRA C/ ASOCIACION ESPAÑOLA DE SOCORROS MUTUOS DE VIEDMA Y OTRA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)

Viedma, diciembre de 2012.-

Por devueltos los autos principales. Agréguese la media carátula a sus antecedentes.-

Proveyendo a fs. 393 y a fs. 406:

A los fines de la realización del examen psicológico, hágase saber al sr. Oscar Vicente Lanza, que deberá concurrir el día 07 de febrero de 2.013 a las 15:00 horas y la sra. Noemí Martha María Cavallaro el día 14 de febrero de 2.014 a las 15.00, al consultorio de la Lic. Belén Alvarez Costa, sito en calle Av. José María Guido Nº 602 de esta ciudad, munidos de sus documentos de identidad y lentes de lectura en caso de ser necesario. Notifíquese.-

Proveyendo a fs. 394 y a fs. 396: Agréguese.-

Proveyendo a fs. 395: Agréguese y hágase saber.-

Al escrito de fs. 405:

I.- Agréguense.-

II.- Atento las razones expuestas, teniendo en cuenta el estado de autos y a los fines de recibir la declaración testimonial del sr. Leandro Damián Markan conforme lo dispuesto a fs. 273, fíjase audiencia para el día 05 de MARZO de 2.013 a las 9.30 hs y supletoria para el día 14/03/13 a las 12 horas. Notifíquese.-

Teniendo en cuenta lo informado por el Oficial de Justicia a fs. 404 y lo dispuesto por el art. 187 inciso 2 "c" de la Acordada Nº 3397/085 de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, autorízase al oficial interviniente que en caso de constatar que el testigo vive allí proceda a fijar la cédula de notificación en la puerta de acceso de la vivienda.-

En consecuencia, a la notificación en el domicilio laboral, no ha lugar.-

Proveyendo a fs. 407:

I.- Tiénese presente los interrogatorios acompañados.-

II.- Tiénese presente el desistimiento del testigo Néstor Isidoro Torres.-

Al escrito de fs. 408:

Estése a lo dispuesto a fs. 395.-

Proveyendo a fs. 411:

Agréguese y hágase saber.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

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