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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0929/01/5
Fecha: 2012-12-05
Carátula: BUSTAMANTE HECTOR JOSE C/ DEL GROSSO JORGE S/ SUMARIO S/ EJECUCION DE HONORARIOS
Descripción: SENTENCIA DE HOMOLOGACION DE ACUERDO
Viedma, diciembre de 2012.-
Y VISTOS: Los presentes obrados caratulados: "BUSTAMANTE HECTOR JOSE C/ DEL GROSSO JORGE S/ SUMARIO S/ EJECUCION DE HONORARIOS" Expte. n° 0929/01/5; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 110 comparecen el Dr. José Luis Merlotti, por derecho propio y la Dra. Nieve Falasconi, en su carácter de Defensora de Ausente, y acuerdan lo que a continuación y en su parte pertinente dice: I... II. Que de acuerdo al estado de las presentes actuaciones, el obligado al pago ha fallecido sin que se haya iniciado declaratoria de heredero. Que estando acreditado en autos el conocimiento del demandado de las obligaciones impuestas oportunamente se arriba al siguiente acuerdo: a) El Dr. José Luis Merlotti percibirá en forma inmediata la totalidad de las sumas depositadas en autos en concepto de pago parcial de los honorarios regulados y devengados. b) El Dr. José Luis Merlotti presta fianza personal para que si en el plazo de dos (2) años desde el presente acuerdo existiera reclamo alguno de herederos reconocidos mediante sentencia, restituirá la suma percibida, en caso de corresponder. c) Las partes de común acuerdo solicitan la homologación judicial del convenio suscripto. III. ...".-
Por lo expuesto y conforme lo previsto por el art. 308 del C.Pr.;
RESUELVO:
--- 1.- Homologar en todos sus términos el acuerdo arribado por las partes a fs. 110, transcripto precedentemente.-
--- 2.- Sin costas atento los términos en que se arriba al presente acuerdo.-
--- 3.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-
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Poder Judicial de Río Negro