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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0958/2011
Fecha: 2012-12-04
Carátula: MARINAO CLAUDIA ANDREA C/ GALINDO NORA ALBINA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Descripción: hace efectivo apercibimiento- actora plantea extem - traslado
EXPTE. N° 0958/2011
CARATULA: MARINAO CLAUDIA ANDREA C/ GALINDO NORA ALBINA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (Ordinario)
Viedma, diciembre de 2012.-
Proveyendo a fs. 163:
Atento lo peticionado y lo prescripto en el art. 120 CPCC, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto a fs. 154, anteúltimo párrafo y en consecuencia corresponde no tener por efectuado el planteo de extemporaneidad requerido en el punto II de fs. 151 y vta.-
En su mérito, con lo expuesto en el punto III de fs. 151 vta./153 tiénese por contestado el traslado conferido a fs. 107.-
Al escrito de fs. 164/166:
Del planteo efectuado córrase traslado a la contraria por el término de ley. Notifíquese.-
Tiénese presente lo demás manifestado.-
Rosana Calvetti
Juez
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Poder Judicial de Río Negro