Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 42016

N° Receptoría:

Fecha: 2012-12-04

Carátula: GINER Roberto Mario S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: REGULA 3ra. etapa

//neral Roca, 04 de DICIEMBRE de 2.012.=

Agréguese y téngase presente.

Habiendo dado cumplimiento con lo ordenado a fs. 45 último párrafo, por la tercer etapa regulo los honorarios de los Dres. Sebastián Zarasola en la suma de $ 280.- Francisco M. Brown en $ 280 .- a cargo de los herederos y en la suma de $ 140.- y $ 140.- respectivamente a cargo de la cónyuge supérstite. (M.B. 50 % de $ 24.000.- arts. 6, 7, 25 y 44 L.A. 2212.-)

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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