Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 12822-120-04

N° Receptoría:

Fecha: 2012-11-30

Carátula: CASTIGLIONI MARIO ALBERTO / GRINBANK FRANCISCO S/ EJECUTIVO

Descripción: MEDIDA

Expte. nro.: 12822-120-04

Excma. Cámara:

En atención a las referencias que se realizan en el decisorio apelado a los autos "Grinbank, Francisco c/ Castiglione, Aníbal E. s/ Reducción de Precio" -expte. nro. 1047/16/94- y al "Incidente de determinanción de daño", solicito se los requiera como medida para mejor proveer y con interrupción del plazo para fallar.-

Vocalía, 21 de Noviembre de 2012.-

Edgardo J. Camperi

Juez de Cámara

San Carlos de Bariloche, 28 de noviembre de 2012.-

Visto. Requiéranse los autos mencionados como medida para mejor proveer. Interin, interrúmpanse los plazos para fallar. Oportunamente practíquese nuevo cómputo.-

c.t.

Juan A. Lagomarsino Carlos M. Salaberry

Juez de Cámara Juez de Cámara

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