include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 12822-120-04
Fecha: 2012-11-30
Carátula: CASTIGLIONI MARIO ALBERTO / GRINBANK FRANCISCO S/ EJECUTIVO
Descripción: MEDIDA
Expte. nro.: 12822-120-04
Excma. Cámara:
En atención a las referencias que se realizan en el decisorio apelado a los autos "Grinbank, Francisco c/ Castiglione, Aníbal E. s/ Reducción de Precio" -expte. nro. 1047/16/94- y al "Incidente de determinanción de daño", solicito se los requiera como medida para mejor proveer y con interrupción del plazo para fallar.-
Vocalía, 21 de Noviembre de 2012.-
Edgardo J. Camperi
Juez de Cámara
San Carlos de Bariloche, 28 de noviembre de 2012.-
Visto. Requiéranse los autos mencionados como medida para mejor proveer. Interin, interrúmpanse los plazos para fallar. Oportunamente practíquese nuevo cómputo.-
c.t.
Juan A. Lagomarsino Carlos M. Salaberry
Juez de Cámara Juez de Cámara
<*****>
Poder Judicial de Río Negro