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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 42425
Fecha: 2012-11-30
Carátula: VITERBORI María Cristina S/ AMPARO (Ipross)
Descripción: INCIIO
En General Roca, provincia de Río Negro, a los treinta días del mes de noviembre de 2012, siendo las 10,50 horas, comparece ante mí secretaria autorizante la Sra. María Cristina Viterbori, DNI 10.913.498, domiciliada en Anibal Troilo 2680 de ésta ciudad, barrio Aeroclub. Abierto el acto, la Sra. manifiesta que se presenta a solicitar amparo para que se le suministre la prótesis de la columna que le fuera requerida por su médico Dr. Norberto Fernández y Pablo Lucca, ambos atienden en su consultorio sito en calle Pampa y B. Mitre (CETAC), aclara que el nombrado en primer lugar, viene de Buenos Aires, por lo que regularmente la atiende el Dr. Lucca. Manifiesta que en julio del año 2011 le detectaron discopatía lumbar L4, L5, L5, L1, lumbociatalgia izquierda crónica, en un primer momento me dieron analgésico y reposo, pero casi inmediatamente me dijeron que el tratamiento definitivo era quirúrgico, por lo cual debía realizar una intervención que requería un implante de prótesis. Presentada la planilla de solicitud ante el IPROSS con fecha 10-04-2012,, la misma no fue respondida, de lo que yo ponia en conocimiento a mis médicos. Yo tengo una planilla de salud pública por lo que debo concurrir cada dos los meses al control. Ante la falta de respuesta, comencé a realizar reclamos ante dicho organismo, dichos reclamos los realizaba en forma verbal en la delegación de ésta ciudad, a su vez ellos me informaban que enviaban fax a Viedma de los cuales me dieron constancias (con fecha 17-04, 11-06, 13-05, 18-07, 04-09, 07,09 y 25-09 todos de éste año) las cuales se adjunta. Asimismo presenté nota de reclamo porque me habían perdido la historia clínica . Agrega además, copia de historia clínica, estudio de resonancia magnética, pedido de materiales quirúrgicos. Por la falta de respuestas y los manifestos del médico sobre las consecuencias que acarrearía el no realizar la intervención en el menor tiempo posible, que no va a ver mejoría hasta que me opore, solicito se intime al IPROSS a cumplir con los requerimientos para dicha intervención. No siendo para más se da por finalizado el acto, previa lectura y ratificación por ante mí QUE DOY FE.-
Dra. Romina Zilvestein
Secretaria Subrogante
//neral Roca, 30 de NOVIEMBRE de 2012.=
Por presentado, parte y con domicilio.-
Agréguese la documentación acompañada.-
Atento las características procesales de la acción de amparo previstas por la Constitución Provincial, que determina su resolución con un previo pedido de informes al organismo que supuestamente afecta los derechos de la parte actora, considero que el presente reclamo debe tramitar bajo dichas pautas procesales.-
En consecuencia, conforme lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Provincial, líbrese oficio a IPROSS, requiriendo un amplio informe sobre la cuestión planteada por la amparista, el que deberá ser contestado en el plazo perentorio de DOS DÍAS asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantías de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza al instituto.-
Notifíquese por cédula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Río Negro, con entrega de copias del acta.- CÚMPLASE POR SECRETARIA.-
El IPROSS además del amplio informe requerido deberá responder a los siguientes requerimientos en concreto.
1.- Si MARIA CRISTINA VITERBORI, DNI 10.913.498, es afiliada a dicha obra social, y en su caso si su cobertura está vigente.-
2.- Si hay antecedentes en dicha obra social que la misma ha requerido la provisión de elementos quirúrgicos.-
3.- Si ingresó a dicha institución la Planilla de Solicitud con fecha 10-04-2012.-
4.- En su caso, respuesta dada desde la Obra Social.-
Asimismo líbrese oficio al Dr. Pablo Lucca con domicilio en calle Pampa y Mitre (CETAC) fin de que informe:
1.- Si atiende a la paciente María Cristina Viterbori, DNI 10. 913.498, en su caso, diagnóstico y tratamiento programado.-
2.- Si ha solicitado la provisión de prótesis para la columna y elementos cuya descripción detalla en la planilla de solicitud -características técnicas- (fs.6), debiendo transcribir en forma detallada y clara dichos elementos solicitados, atento le ilegibilidad del manuscrito .-
3.- Si el paciente se encuentra a la espera de prótesis, para una intervención quirúrgica.-
4.- Si ha solicitado a IPROSS dichos elementos, en su caso respuesta dada desde la Obra Social.-
5.- Consecuencias que puede padecer la paciente en caso de no recibir en tiempo oportuno la prótesis y elementos solicitados.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro