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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35606
Fecha: 2006-04-06
Carátula: La Reginense Coop. Vitivinicola. S/Concurso Preventivo S/ Revision (O.S.P.A.V.)
Descripción: A Cédula
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CEDULA DE NOTIFICACION
DR. CESAR DI PASCUAL
MITRE 810, PISO 2, OF. 8 (constituído)
GENERAL ROCA
Me dirijo a Ud. en los autos caratulados "La Reginense Coop. Vitivinicola. S/Concurso Preventivo S/ Revision (O.S.P.A.V.)” (Expte. N* 35606), que se tramitan por ante el Juzgado Civil TRES, Secretaría UNICA, sito en Avda. Roca 1047 (primer piso) de esta ciudad, a fin de notificarle de la siguiente resolución: “//neral Roca, 03 de ABRIL de 2006.- Intímese al Dr. CESAR G. DI PASCUAL para que en el primer día hábil posterior al de la presente haga efectiva devolución de los autos caratulados La Reginense Coop. Vitivinicola. S/Concurso Preventivo S/ Revision (O.S.P.A.V.) (Expte. Nro. 35606) que ha sido entregado en préstamo y cuyo plazo de reintegro se encuentra ampliamente vencido, bajo apercibimiento de hacerse efectivas las sanciones previstas por el art. 128 del CPC y acordada 47/73 del STJ. NOTIFIQUESE ... Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-”
QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.-
Gral.Roca, 6 de abril de 2006.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro