Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0671/2010

N° Receptoría:

Fecha: 2012-11-29

Carátula: BASANTA PABLO EMILSE S/ SUCESION AB INTESTATO

Descripción: REGULACION DE HONORARIOS - HOMOLOGA

EXPTE Nº 0671/2010

CARATULA: BASANTA PABLO EMILSE S/ SUCESION AB INTESTATO

Viedma, noviembre de 2012.-

Tiénese presente.-

Atento el acuerdo arribado por las partes a fs. 57/58, homológaselo en todos sus términos, quedando establecidos los honorarios profesionales del Dr. Jorge Antonio Manzo en la suma de $ 2.855 (Coef. 2/3 del 11 %) y los del Dr. Jorge Alejandro Perez Pieroni en la suma de $ 1.428 (Coef. 1/3 del 11 %) -MB: valuación fiscal: $ 38.934,36-, con cargo a la sucesión y por los trabajos realizados e incluidas las tareas de inscripción. Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

jc

Rosana Calvetti

Juez

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