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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37553
Fecha: 2012-11-27
Carátula: NCC CONSTRUCCIONES S.R.L. S/ QUIEBRA
Descripción: subasta mueble
General Roca, 27 de noviembre de 2012s.-
Agréguense los informes acompañados y de conformidad con lo pedido y dispuesto en los arts. 573 y siguientes del Código Procesal, decrétase la venta en pública subasta de los bienes embargado en autos y detallados a fs. 2955, sin base, al contado y en las condiciones ordenadas a fs. 2958, por intermedio de la enajenadora designada ROSA DELL ORFANO, a quien deberá notificarse mediante cédula y procederá a llevar adelante su cometido, ajustándose a las disposiciones legales pertinentes. Póngaselo en posesión de los bienes, librándose mandamiento de secuestro, el que será diligenciado por el martillero en el caracter de oficial de justicia “ad hoc”, debiendo rendir cuentas de su cometido en el término de tres días. Publíquense edictos por en la forma dispuesta a fs. 2958, debiendo cumplirse con lo dispuesto por el art. 4* de la Resolución General N* 745/99 de la AFIP -identificar el CUIT o N* y tipo de documento de todos los sujetos intervinientes. Comisión de práctica. Seña 30%. Venta sujeta a aprobación judicial.-
Intímese a la parte ejecutada para que dentro del plazo de CINCO días, manifieste si el bien está prendado o embargado, debiendo en el primer caso indicar nombre y domicilio de los acreedores y monto del crédito y en el segundo,. el Juzgado., Secretaría y carátula del expte.-
Atento las constancias de fs. 2960, líbrese oficio a la Policía Caminera de Río Negro y Neuquén a fin de que procedan al secuestro del acoplado Montenegro dominio XDU 008 y lo pongan a disposición de la martillero actuante.-
Hágase saber que en el oficio a librarse deberá constar el teléfono y dirección de la sra. Rosa Dell Orfano a los fines de lo ordenado precedentemente.-
De lo peticionado en el último párrafo, traslado a Sindicatura. Not.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro