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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0060/2009
Fecha: 2012-11-23
Carátula: ALLOGGIA OSVALDO ARTURO C/ CASAMIQUELA SELVA Y OTRA S/ EJECUTIVO
Descripción: ARCHIVO PARALIZADO RES. 893/11
EXPTE. Nº 0060/2009
CARATULA: ALLOGGIA OSVALDO ARTURO C/ CASAMIQUELA SELVA Y OTRA S/ EJECUTIVO
*05TXHO.1B01RE*
Viedma, noviembre de 2.012.-
Atento el estado de autos y en uso de la delegación de facultad dispuesta mediante Auto Interlocutorio n° 893/11, decrétase la paralización de las presentes actuaciones y cumplidos los requisitos exigidos por el art. 105 del Reglamento del Archivo, remítanse al mencionado organismo.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro