include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39464
Fecha: 2012-11-23
Carátula: MISION IGLESIA de Dios Pentecostal C/ PEÑA Cristian Adrián y Otra S/ DESALOJO (Monitorio)
Descripción: regulación
General Roca, 23 de noviembre de 2.012s.-
Siendo facultad del letrado interviniente optar por la tasación particular o la valuación fiscal, sin perjuicio que no se cuenta con esta última, de acuerdo a la informtiva de fs. 137/8 y no existinedo otro elemento de valoración incorporado en la causa, se fija como monto base el determinado a fs. 132 ($10.000).-
Regulo por sus actuaciones los honorarios del Dr. Luis H. Veuthey en la suma de $ 600.- y los de la Dra. Cintia M. Veuthey en la suma de $ 600.- (arts. 6, 7, 8 y 39 ley 2212 R.N.)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Cúmplase con la ley 869.- Notifíquese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro